{"id":156036,"date":"2023-11-13T03:01:15","date_gmt":"2023-11-13T03:01:15","guid":{"rendered":"http:\/\/rbnews247.com\/v1\/salud\/boletin-oficial-republica-argentina-ministerio-de-salud\/"},"modified":"2023-11-13T03:01:15","modified_gmt":"2023-11-13T03:01:15","slug":"boletin-oficial-republica-argentina-ministerio-de-salud","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/rbnews247.com\/v1\/salud\/boletin-oficial-republica-argentina-ministerio-de-salud\/","title":{"rendered":"BOLET\u00cdN OFICIAL REP\u00daBLICA ARGENTINA &#8211; MINISTERIO DE SALUD"},"content":{"rendered":"<p> [ad_1]<br \/>\n<\/p>\n<div id=\"cuerpoDetalleAviso\">\n<p>Ciudad de Buenos Aires, 11\/08\/2023<\/p>\n<p>VISTO el Expediente EX-2023-76672652-APN-DNCSSYRS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD;  la Resoluci\u00f3n N\u00ba 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETAR\u00cdA DE SALUD;  la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2546 de fecha 21 de septiembre de 2021 del MINISTERIO DE SALUD, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que las pol\u00edticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Naci\u00f3n a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de car\u00e1cter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitaci\u00f3n, sean estos. de car\u00e1cter p\u00fablico estatal, no estatal o privado.<\/p>\n<p>Que en el marco del PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2021-2024, dictado por la Resoluci\u00f3n MS N\u00b0 2546\/21, se asume que la calidad es una condici\u00f3n imprescindible e irrenunciable para el sistema de salud argentino y entiende que su concreci\u00f3n tiene relaci\u00f3n con un cambio cultural y el empoderamiento de todos los sistemas.<\/p>\n<p>Que, entre las l\u00edneas estrat\u00e9gicas descritas en dicho plan, la primera es la rector\u00eda y la gobernanza en calidad y seguridad de los pacientes a fin de normalizar los est\u00e1ndares de calidad y disminuir las inequidades en el sistema de salud.<\/p>\n<p>Que a su vez en dicho plan se propone implementar procesos permanentes y establecer estrategias para el equipo de salud que promuevan la calidad y la seguridad en la gesti\u00f3n del trabajo, la formaci\u00f3n y la educaci\u00f3n permanente en salud y la protecci\u00f3n de la salud de los trabajadores y trabajadores.<\/p>\n<p>Por otro lado, el mencionado PLAN NACIONAL DE CALIDAD EN SALUD 2021-2024, tiene como finalidad la implementaci\u00f3n del PROGRAMA NACIONAL DE GARANT\u00cdA DE CALIDAD DE LA ATENCI\u00d3N M\u00c9DICA (PNGCAM), Resoluci\u00f3n Secretarial N\u00b0 432\/92, ratificado por Decreto del PEN N \u00b0 148\/17;  a trav\u00e9s del cual se establece la generaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de instrumentos y herramientas de calidad como parte de sus l\u00edneas de acci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que entre los objetivos del Programa referido se encuentran el dise\u00f1o de instrumentos, la capacitaci\u00f3n, sensibilizaci\u00f3n, investigaci\u00f3n y gesti\u00f3n de mejoras en los establecimientos de todo el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Que tanto los consensos como las gu\u00edas de pr\u00e1ctica cl\u00ednica se encuadran dentro de las l\u00edneas de acci\u00f3n para la generaci\u00f3n de instrumentos de la calidad del programa referido, como una herramienta de estandarizaci\u00f3n de procesos asistenciales basada en evidencia.<\/p>\n<p>Que en ese marco se inserta el prop\u00f3sito de este documento que tiene como prop\u00f3sito disminuir la variabilidad de la pr\u00e1ctica cl\u00ednica, poniendo a disposici\u00f3n de los usuarios la evidencia cient\u00edfica para orientar la toma de las mejores decisiones.<\/p>\n<p>Que el asma es una enfermedad inflamatoria cr\u00f3nica de las v\u00edas respiratorias, en cuya patogenia intervienen diversas c\u00e9lulas y mediadores de la inflamaci\u00f3n, condicionada en parte por factores gen\u00e9ticos, y que cursa con hiperrespuesta bronquial y una obstrucci\u00f3n variable del flujo a\u00e9reo, total o parcialmente reversible. , ya sea por acci\u00f3n de los f\u00e1rmacos o espont\u00e1neamente.<\/p>\n<p>Que, en Argentina, seg\u00fan datos de la Direcci\u00f3n de Estad\u00edsticas e Informaci\u00f3n de Salud (DEIS), se registraron 19.244 egresos hospitalarios debidos al asma en 2018 y 344 muertes en 2020.<\/p>\n<p>Que seg\u00fan la Primera Encuesta Nacional de Prevalencia de Asma en Adultos realizada en nuestro pa\u00eds entre 2014 y 2015, seis de cada 100 personas tuvieron alguna crisis de asma en los \u00faltimos 12 meses o emplearon al momento de ser encuestados medicaci\u00f3n para el asma;  mientras que 9 de cada 100 tiene o ha tenido alguna vez asma confirmada por un m\u00e9dico.<\/p>\n<p>Que el asma leve es su forma m\u00e1s frecuente y afecta a una proporci\u00f3n considerable de la poblaci\u00f3n, por lo que genera el mayor n\u00famero de consultas por la enfermedad y el impacto potencial de atenderla a tiempo ser\u00eda m\u00e1s alto.  Su manejo es recurso del primer nivel de atenci\u00f3n y existen controversias respecto a su abordaje terap\u00e9utico.<\/p>\n<p>Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACI\u00d3N desarroll\u00f3 en 2015 el Protocolo de Orientaci\u00f3n para el Diagn\u00f3stico y Manejo del Asma en Adultos, que requiere actualizaci\u00f3n ya que en los \u00faltimos a\u00f1os se han publicado nuevos estudios abordando distintos aspectos de esta enfermedad.<\/p>\n<p>Que en el marco de las acciones que lleva adelante la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES para reducir la morbimortalidad asociada a las enfermedades no transmisibles y sus factores de riesgo, se desarrolla la presente gu\u00eda de pr\u00e1ctica cl\u00ednica, como parte del valioso proceso que el estado ha venido desarrollando a trav\u00e9s de planos y pol\u00edticas sanitarias tendientes a lograr mejoras en los est\u00e1ndares de calidad de atenci\u00f3n sanitaria.<\/p>\n<p>Que en este sentido desde el MINISTERIO DE SALUD se considera una gran oportunidad trabajar en este documento el cual fue elaborado en conjunto con un panel de expertos conformado por representantes de sociedades y asociaciones cient\u00edficas, asociaciones de pacientes, y representantes provinciales que participaron en la elaboraci\u00f3n. de las recomendaciones para nuestro territorio, el cual arriba a un lenguaje com\u00fan sobre pr\u00e1cticas imprescindibles para el cuidado integral de personas adultas con asma leve y posibilita avanzar hacia una implementaci\u00f3n de programas de seguimiento fundados en valores de equidad y solidaridad para garantizar el acceso a la salud de calidad.<\/p>\n<p>Que en ese marco se ha desarrollado la \u201cGU\u00cdA DE PR\u00c1CTICA CL\u00cdNICA NACIONAL SOBRE TRATAMIENTO DEL ASMA LEVE EN PERSONAS ADULTAS\u201d se presenta como un documento matriz y de consulta a partir del cual podr\u00e1n desarrollarse versiones abreviadas, otros aplicativos de implementaci\u00f3n y materiales para pacientes.<\/p>\n<p>Que la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES dependiente de la SUBSECRETAR\u00cdA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS ha elaborado la presente gu\u00eda de pr\u00e1ctica cl\u00ednica en conjunto con la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACI\u00d3N SANITARIA dependiente de la SUBSECRETAR\u00cdA DE CALIDAD, REGULACI\u00d3N Y FISCALIZACI\u00d3N con el objeto de proveer al equipo de salud recomendaciones sobre el uso de medicaci\u00f3n inhalada para el tratamiento del asma leve en la poblaci\u00f3n de 18 o m\u00e1s a\u00f1os con el prop\u00f3sito de contribuir a disminuir la morbilidad y evitar la mortalidad por asma en esta subpoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que la SUBSECRETAR\u00cdA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS y la SECRETAR\u00cdA DE ACCESO A LA SALUD han tomado la intervenci\u00f3n de su competencia y avalan su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que la SUBSECRETAR\u00cdA DE CALIDAD, REGULACI\u00d3N Y FISCALIZACI\u00d3N y la SECRETAR\u00cdA DE CALIDAD EN SALUD han tomado la intervenci\u00f3n de su competencia y avalan su aprobaci\u00f3n e incorporaci\u00f3n al PROGRAMA NACIONAL DE GARANT\u00cdA DE CALIDAD DE LA ATENCI\u00d3N M\u00c9DICA.<\/p>\n<p>Que la DIRECCI\u00d3N GENERAL DE ASUNTOS JUR\u00cdDICOS ha tomado la intervenci\u00f3n de su competencia.<\/p>\n<p>Que la presente medida se adopta en el uso de las atribuciones conferidas por el art\u00edculo 103 de la Constituci\u00f3n Nacional y el art\u00edculo 23 de la Ley de Ministerios N\u00ba 22.520, sus modificatorias y reglamentarias.<\/p>\n<p>Por ello,<\/p>\n<p>LA MINISTRA DE SALUD<\/p>\n<p>RESUELVAR:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1\u00ba.- Apru\u00e9base el documento \u201cGU\u00cdA DE PR\u00c1CTICA CL\u00cdNICA NACIONAL SOBRE TRATAMIENTO DEL ASMA LEVE EN PERSONAS ADULTAS\u201d que como Anexo IF-2023-85321657-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00b0.- Incorpora al PROGRAMA NACIONAL DE GARANT\u00cdA DE CALIDAD DE LA ATENCI\u00d3N M\u00c9DICA el documento \u201cGU\u00cdA DE PR\u00c1CTICA CL\u00cdNICA NACIONAL SOBRE TRATAMIENTO DEL ASMA LEVE EN PERSONAS ADULTAS\u201d que se aprueba por el ART\u00cdCULO 1\u00b0 de la presente.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3\u00b0.- Dif\u00fandase a trav\u00e9s de la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACI\u00d3N SANITARIA el documento que se aprueba por el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente, a fin de asegurar el m\u00e1ximo conocimiento y aplicaci\u00f3n de la misma en el marco de dicho PROGRAMA NACIONAL referido en el ART\u00cdCULO 2\u00b0.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4\u00b0.- Comun\u00edquese, publ\u00edquese, dese a la DIRECCI\u00d3N NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y arch\u00edvese.<\/p>\n<p>Carla Vizzoti<\/p>\n<p>NOTA: El\/los Anexo\/s que integra\/n este(a) Resoluci\u00f3n se publican en la edici\u00f3n web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-<\/p>\n<p>mi.  13\/11\/2023 N\u00b0 91968\/23 v. 13\/11\/2023<\/p>\n<\/p><\/div>\n<p>[ad_2]<br \/>\n<br \/><a href=\"https:\/\/www.boletinoficial.gob.ar\/detalleAviso\/primera\/298286\/20231113\">Source link <\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[ad_1] Ciudad de Buenos Aires, 11\/08\/2023 VISTO el Expediente EX-2023-76672652-APN-DNCSSYRS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD; la Resoluci\u00f3n N\u00ba 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETAR\u00cdA DE SALUD; la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2546 de fecha 21 de septiembre de 2021 del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO: Que las pol\u00edticas de Salud 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